¿No le está pagando su empleador el salario de manera oportuna? Aquí le contamos que puede hacer en este caso.

Para aquellos trabajadores vinculados con empresas privadas, mediante contrato de trabajo, por regla general, el salario se le debe pagar al trabajador en periodos iguales, ya sean mensuales o quincenales y una vez el periodo se encuentre vencido (es decir, al finalizar el mes o la quincena), de conformidad a lo acordado entre las partes.

No obstante, esto, en caso de que se acuerde que los pagos serán por jornal, el empleador no puede dejar pasar más de una semana para realizar los pagos.

Finalmente, es de recordar que el salario no puede ser acordado para pagarse en un término superior a un mes.

¿Pero qué puede hacer el trabajador de una entidad privada cuando se le adeudan pagos?

Si su empleador le está adeudando dos, tres, cuatro o más salarios, se recomienda adelantar las siguientes acciones para obtener el pago de los salarios y demás montos que le sean adeudados:

  1. Presentar derecho de petición a la entidad privada, solicitando el pago de los salarios adeudados, el cual puede ser elaborado por usted mismo, de manera sencilla, detallando los salarios y demás montos adeudados.
  2. En caso de que se vean vulnerados derechos fundamentales por no contar con otro ingreso, contar con menores o adultos mayores a su cargo o encontrarse en circunstancias graves o difíciles por no tener ingresos, se podrá presentar una tutela, para lo cual le pedimos contactarnos para darle el acompañamiento requerido en su elaboración.
  3. Dar inicio a un proceso ordinario laboral ante un Juez a fin de que se ordene el pago de salarios y prestaciones adeudada, para lo cual estaremos pendientes de su contacto para brindar la asesoría y apoderamiento requerido.

Finalmente, en caso de que se requiera del inicio de un proceso ordinario laboral ante un juez, se recomienda:

  1. Conservar soporte de los pagos que se le hayan realizado por parte del empleador.
  2. Conservar el contrato de trabajo suscrito.
  3. Conservar los Otrosíes suscritor por las partes.
  4. Registrar en un documento o tabla los salarios que se adeudan y el valor de cada uno.
  5. Presentar carta de renuncia que contengan las razones que dan lugar a la finalización del contrato de trabajo.
  6. Solicitar que se firme el recibido de la renuncia y conservar el soporte.
  7. Dialogar con compañeros o personas que conozcan la situación y el no pago de los salarios por parte del empleador a fin de que puedan asistir como testigos en un posible proceso.

Si tienes más dudas al respecto, puedes Contactarnos a fin de tener claridad frente a los pasos a seguir y obtener un concepto.

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